La Justicia suspende el nuevo decreto electoral catalán y mantiene de momento la fecha del 14F
VOZPÓPULI>Política 19/01/2021 Por Laura Fábregas
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) se ha pronunciado sobre uno de los cuatro recursos presentados contra el aplazamiento electoral que pedía medidas cautelares contra el nuevo decreto de suspensión de elecciones. El tribunal ha estimado suspender el nuevo decreto y, por el momento, las elecciones se mantienen el14 de febrero, fecha en la que inicialmente estaban previstas. El TSJC deberá pronunciarse en los próximos días sobre el resto de contenciosos-administrativos que ha recibido y podrá abrir un tiempo de alegaciones hasta tomar la decisión definitiva, que se prevé a partir del próximo jueves. Una eventual revocación del nuevo decreto significaría volver a poner en vigencia el anterior decreto de convocatoria. Pero lo más probable, apuntan las fuentes consultadas por Vozpópuli, es que se pida concretar con más detalle los criterios sanitarios que llevaron a la suspensión de la convocatoria electoral.Los magistrados llevaban reunidos desde las 9:30h de la mañana de este martes para valorar el recurso presentado por un particular. Según informó el mismo tribunal, hasta la fecha han cursado cuatro reclamaciones. El primero que impugnaba el nuevo decreto del Govern fue presentado por el partido catalanista Lliga Democràtica, el segundo por la entidad Federalistes d'Esquerres y el tercero por un particular. Previamente a estos tres, el partido animalista PACMA presentó otro recurso contra el primer decreto de convocatoria electoral que también el tribunal deberá valorar. En este caso, su intención era que se aplazaran las elecciones del 14F al considerar que la situación de pandemia complicaba la recogida de avales de los partidos extraparlamentarios. Asimismo, este martes Impulso Ciudadano ha presentado su propio recurso. Por su parte, el empresariado catalán, con Foment del Treball y Pimec al frente, han declinado finalmente emprender acciones legales. Queda por ver si el PSC finalmente decide impugnar también el aplazamiento electoral, como avanzó Vozpópuli.
De momento, su oposición a que se celebren el 30 de mayo -su propuesta fue celebrarlas en marzo- ha suscitado las críticas de ERC, quienes les acusan de haber sido el único partido que ha "roto el consenso" y de "maniobrar" y "presionar" a otras entidades para que lleven a los tribunales el nuevo decreto del Ejecutivo catalán. Debilidades legales del nuevo decreto Los recursos presentados alegan que la suspensión de los comicios no es procedente por la falta de competencia del Ejecutivo catalán cuando el Parlament está disuelto -con la Diputación Permanente en activo-. Además, el nuevo decreto no lleva la firma del presidente ni justifica con criterios sanitarios concretos el motivo para posponerlas. Asimismo, y según coinciden también diversos juristas y politólogos, del decreto solo se desprende la posibilidad de que las elecciones se convoquen el 30 de mayo. Pero podrían demorarse en función de la cómo evolucione la pandemia en Cataluña. Esta situación abocaría a la región a la inseguridad jurídica al poder postergarse nuevamente y con la Cámara catalana disuelta. La disolución del Parlament y la convocatoria de elecciones se rige por el artículo 67 del Estatuto de Autonomía que prevé la disolución de la Cámara y la convocatoria inmediata de elecciones cuando no hay candidato a la presidencia de la Generalitat. En este caso porque Quim Torra había sido inhabilitado. Pese a que el vicepresidente Pere Aragonès ejerce las funciones de president, no puede disolver el Parlamento ni convocar elecciones. No obstante, el Govern se arrogó con su decreto no solamente la competencia para desconvocar las elecciones sino para convocar las siguientes. Se trata, en definitiva, de una situación sin precedentes. Nunca antes se tuvieron que aplazar unas elecciones por criterios sanitarios y sin un presidente al frente del Govern.